DHS, republicano

Jueces niegan derecho a audiencia de fianza para inmigrantes 

La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó el lunes que los inmigrantes no tienen derecho a audiencias de fianza cuando el gobierno puede demostrar que son un riesgo de fuga, y que los tribunales de distrito carecen de autoridad para ordenar al gobierno que brinde tales audiencias en toda la clase. 

La mayoría del tribunal superior dictaminó que la Sección 1231 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad no contiene un requisito implícito de proporcionar audiencias de fianza para los detenidos después de seis meses si su deportación no es “razonablemente previsible”. 

¿Que comentaron los jueces sobre el derecho a la audiencia de fianza para inmigrantes?

“A primera vista, el estatuto no dice nada sobre las audiencias de fianza ante los jueces de inmigración o la carga de la prueba, ni proporciona ninguna otra indicación de que tales procedimientos sean necesarios”, escribió la jueza Sonia Sotomayor. 

En una sentencia separada en Garland et al. v. Alemán González et al., los jueces también dijeron que el INA prohíbe a los tribunales considerar solicitudes de órdenes judiciales de clases de inmigrantes que podrían interferir con la aplicación de la ley. 

“La medida cautelar en nombre de toda una clase de extranjeros no está permitida porque no se limita a remediar la ‘aplicación’ ilegal de los estatutos relevantes a ‘un extranjero individual'”, escribió el juez Samuel Alito para la mayoría en ese caso. 

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¿En qué afectarían estas decisiones?

Las decisiones del alto tribunal son un golpe para Antonio Arteaga-Martínez y dos clases consolidadas de inmigrantes encabezadas por Esteban Alemán González y Edwin Omar Flores Tejada. El Tercer Circuito falló a favor de Arteaga-Martínez en agosto de 2019, y el Noveno Circuito falló a favor de las clases consolidadas en abril de 2020. 

Si bien Arteaga-Martínez perdió su argumento de que el INA requiere audiencias de fianza para ciertos inmigrantes detenidos, la mayoría del tribunal superior se negó a decidir si la ley de inmigración o la cláusula del debido proceso de la Constitución requieren que el gobierno libere a los inmigrantes que han estado detenidos por períodos prolongados. 

“Debido a que la opinión del tribunal deja en claro que los tribunales inferiores pueden y deben abordar estas cuestiones, esperamos litigarlas en prisión preventiva”.Akin Gump Strauss Hauer & Feld LLP , quien representa a Arteaga-Martínez. 

Varios jueces hicieron puntos adicionales con respecto al fallo de la mayoría en el caso Arteaga-Martínez. 

¿Qué argumentaron los jueves Neil y Clarence?

El juez Clarence Thomas, acompañado por el juez Neil Gorsuch, estuvo de acuerdo con la interpretación de la mayoría de la Sección 1231 de la INA. Pero argumentaron que los tribunales federales no tenían jurisdicción para conocer el caso porque el INA solo permite objeciones a las órdenes finales de deportación, mientras que Arteaga-Martínez impugna su detención sin derecho a fianza. 

El juez Thomas, por su cuenta, también argumentó que el tribunal superior debería abordar la cuestión de si la cláusula del debido proceso de la Constitución se aplica a los inmigrantes que impugnan su deportación, y dijo que hay “evidencia histórica considerable” de que no es así. 

Además, el juez Thomas argumentó que el tribunal superior debería anular su fallo de 2001 en Zadvydas v. Davis, que dictaminó que el gobierno no puede detener indefinidamente a inmigrantes no autorizados en virtud de la Sección 1231. 

Disintiendo en parte de la mayoría, el juez Stephen Breyer, autor de la mayoría opinión  en Zadvydas, defendió la decisión y sugirió que los tribunales inferiores la usen como guía al decidir las reclamaciones de Arteaga-Martínez. 

En la opinión de González, la mayoría encontró que los tribunales de distrito se equivocaron al considerar las solicitudes colectivas de medidas cautelares que obligaron al gobierno a proporcionar audiencias de fianza a algunos inmigrantes. 

¿En qué basaron sus decisiones?

La decisión de la mayoría se basó en la Sección 1252 (f) (1) de la INA, que prohíbe a los tribunales, además de la Corte Suprema, intentar “ordenar o restringir la operación de” las leyes federales de inmigración. Según la mayoría, esa disposición incluso impide que los tribunales restrinjan la aplicación ilegal o indebida de la ley. 

“Si los automóviles, camiones, ferrocarriles, servicios públicos de agua, zanjas de drenaje, concesionarios de automóviles, aviones, radios, máquinas de video póquer, sistemas de televisión por cable y muchas otras cosas pueden operarse ilegal o incorrectamente, no es evidente por qué no se puede decir lo mismo. de un estatuto”, escribió el juez Alito. 

La jueza Sotomayor y la jueza Elena Kagan, acompañadas en partes por la jueza Breyer, disintieron de esa interpretación. 

“Una orden judicial que requiera que el poder ejecutivo ajuste su conducta a un estatuto o cese una conducta legalmente no autorizada no impone ni restringe el ‘funcionamiento o trabajo’ del estatuto”, dijeron. “Eso se debe a que la acción de una agencia ilegal no es parte del funcionamiento o funcionamiento del estatuto de autorización”. 

Los disidentes también se separaron de la mayoría sobre si la Sección 1252(f)(1) prohíbe las solicitudes de medidas cautelares en toda la clase. 

La mayoría dijo que los miembros individuales de una clase pierden su estatus como individuos al perseguir sus reclamos como grupo, mientras que los disidentes argumentaron que una demanda colectiva es “una colección de reclamos individuales”. 

Matt Adams, del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes del Noroeste, que representa a los demandantes de González, dijo que es posible que el fallo de la mayoría sobre 1252(f)(1) pueda afectar los casos en curso en los que los estados y otros están tratando de obligar a la administración Biden a detener o continuar ciertos políticas de inmigración. 

¿Qué es lo que está haciendo el tribunal superior?

El tribunal superior está evaluando actualmente uno de esos casos , que se centra en la orden de un juez federal de Texas de que la administración Biden continúe con la llamada política Permanecer en México, un programa de la era Trump conocido formalmente como los Protocolos de Protección de Migrantes que obliga a los mexicanos a solicitar asilo. solicitantes a esperar en México mientras se procesan sus reclamos. 

“Será interesante ver… si eso también perjudica la capacidad de los estados para tratar de hacer cumplir, como dicen, un estatuto”, dijo Adams. 

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