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Demanda por “Permanecer en México” sobrevive a las decisiones de un juez

Un juez federal de California dio luz verde a una clase de solicitantes de asilo para que continuaran con su desafío a la política de “Permanecer en México” de la era Trump, rechazando la afirmación del gobierno de que el reciente precedente de la Corte Suprema de Estados Unidos invalida el caso.

¿Qué certificó el juez federal de distrito?

El juez federal de distrito, Jesús G. Bernal, certificó a una clase de solicitantes de asilo que se vieron obligados a esperar en México en condiciones peligrosas para sus audiencias en la corte de inmigración bajo la política de Protocolos de Protección de Migrantes. El juez rechazó el argumento de la administración Biden de que dos decisiones de la Corte Suprema en junio impiden que la corte otorgue alguna reparación en el caso presentado por Immigrant Defenders Law Center y Jewish Family Service de San Diego, según una orden emitida el miércoles.

Las decisiones de la Corte Suprema sostuvieron que la medida cautelar no está disponible bajo la Sección 1252(f)(1) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, que rige la revisión judicial de las órdenes de deportación. Pero el juez Bernal dijo que el argumento del gobierno de que las decisiones también prohíben cualquier otra forma de alivio de las lesiones causadas por la política, que afectó a unos 70.000 solicitantes de asilo, no era convincente en este momento.

“Si los acusados ​​han violado la ley, este tribunal conserva la autoridad para decirlo”, sostuvo el juez Bernal.

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La administración de Biden dijo en su moción para desestimar que “como cuestión de política, los demandados no defienden el MPP o su implementación anterior”, y que la cuestión de “si el MPP es válido como cuestión de política es distinto de si el MPP es legal, ” De acuerdo a la orden.

Cuando la administración de Biden decidió poner fin a la política, el secretario del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU., Alejandro Mayorkas, acusado en la demanda, “concluyó que los beneficios del MPP se veían superados en gran medida por sus costos, el programa sufría fallas endémicas y restaba valor a otros importantes objetivos de la administración”, decía la orden.

¿Cuál es la postura del gobierno federal?

Sin embargo, el gobierno federal argumentó que la denuncia debería ser desestimada porque la reparación buscada entraba en conflicto con una orden judicial permanente a nivel nacional emitida por un juez federal de Texas, que ordenó a la administración de Biden restablecer el programa después de que intentó eliminar la política. La Corte Suprema de EE. UU. anuló la orden judicial en junio en Biden v. Texas, una de las dos decisiones de la corte superior que afectaron el caso de California, que discutió el argumento del gobierno, según la orden.

Pero otro de los argumentos del gobierno seguía en juego. La decisión de los jueces en Garland v. Alemán Gonzales sostuvo en junio que la Sección 1252(f)(1) prohibía medidas cautelares colectivas.

¿Cuál es la postura del juez?

El juez Bernal dijo que la decisión “se aparta radicalmente” del precedente anterior al que estaba obligado el tribunal de distrito y negó su interpretación de la Sección 1252 (f) (1) de un fallo de junio de 2021. En ese entonces, el juez Bernal citó un precedente del Noveno Circuito que sostiene que cuando los demandantes buscan detener una conducta que alegan no está autorizada por la INA, la Sección 1252(f)(1) no está implicada.

El gobierno de Biden trató de llevar el fallo de Alemán González un paso más allá, argumentando que no solo prohibía a los demandantes en este caso solicitar una medida cautelar, sino que tampoco estaba disponible la medida declaratoria colectiva.

El juez Bernal no estuvo de acuerdo y dijo que el lenguaje en la decisión de Biden v. Texas, así como una disidencia de la jueza Sonia Sotomayor en el caso de Alemán Gonzales, indican que la reparación declaratoria colectiva todavía está disponible y que los tribunales de distrito aún pueden dejar de lado las acciones de la agencia. bajo la Ley de Procedimiento Administrativo.

“En esta etapa del procedimiento, el tribunal debe aceptar las alegaciones de los demandantes como verdaderas. Y si es cierto, las graves y amplias violaciones de los derechos básicos por parte del gobierno alegadas por los demandantes serían de hecho tan orwellianas como el nombre de los Protocolos de Protección al Migrante”, dice la orden. dicho.

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¿Qué opinan los acusados?

“Efectivamente, los acusados ​​argumentan que, incluso si se involucraron en un esquema cruel y sin precedentes para privar a casi 70,000 solicitantes de asilo de sus derechos, no hay nada que este tribunal pueda hacer al respecto. El tribunal no puede aceptar tal lógica, que contradice siglos de precedentes. en el centro de nuestra comprensión moderna de la separación de poderes”, dijo la orden.

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